Indemnizaciones diarias por incapacidad

Hay un tipo de indemnización en caso de  sufrir una incapacidad temporal como consecuencia de 3 causas: un accidente común o laboral, de la maternidad, o de una enfermedad bien sea profesional o común.

Este tipo de indemnización se trata de prestaciones dinerarias que se efectúan de forma diaria, y cuya duración máxima es de 52 semanas. Pero si se agota esta duración máxima, debido a que se trata de una enfermedad larga, se podrá seguir recibiendo  esas prestaciones médicas y económicas, siempre que haya un informe médico favorable para su recuperación.

Prestaciones por incapacidad temporal

En relación con los casos de maternidad, tienen derecho a la prestación médica y una indemnización diaria durante sus permisos de maternidad, al igual que en los casos de adopción que establece la ley. Esta indemnización  no puede ser inferior al salario normal.

Este tipo de prestación es totalmente incompatible con cualquier actividad remunerada, fijando las cuantías el propio Reglamento.  Todo lo anterior aparece regulado de los artículos 9 a 12.

Los trámites necesarios para poder recibir esta ayuda es presentar en  el Centro Asistencial más cercano lo siguiente documentación:

  • Fotocopia de la Cédula de Identidad.
  • Certificado de Incapacidad  (14-73).
  • Comprobante de Consignación de Datos (14-52). Éste debe ser emitido por la Empresa.
  • Plantilla de Inscripción (14-02), cuenta Individual o registro de inscripción.

Una vez que se acepte la ayuda al asegurado se le entregará un comprobante del pago de las prestaciones,  que le servirá para poder informarse de su estado de reposo en un futuro.

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