La pérdida involuntaria de empleo

Las cosas no siempre salen como esperamos, y es por ello que existe la posibilidad de pérdida involuntaria de empleo. No obstante, podemos estar tranquilos ya que el IVSS tiene el objetivo de asegurar al trabajador que se ha quedado sin empleo, y que previamente ha estado cotizando, la posibilidad de recibir una prestación durante un determinado tiempo.

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Obligaciones para solicitar la prestación dineraria

Se trata de una indemnización que se basará en un porcentaje sobre el salario que se haya cobrado en el último año (más concretamente en los últimos 12 meses). Esta prestación podrá ser solicitada en un plazo de 60 días después del despido.

Entre las obligaciones que encontramos para poder solicitar dicha prestación encontramos la obligatoriedad de estar afiliado al Régimen Prestacional de Empleo (se puede consultar la ley en este documento), pero también será necesario haber realizado un mínimo de 52 cotizaciones en los 24 meses anteriores a dicha cesantía.

Por otra parte, también será necesario que el cese haya sido debido a las distintas causas de terminación de la relación de trabajo que puedan dar derecho al pago de esta prestación dineraria.

Cómo solicitar la prestación dineraria

En el caso de que queramos solicitar esta prestación será necesario presentar una cédula de identidad así como el impreso de la forma 14-03, una carta de despido con los medios de contacto con la empresa y que deberá estar firmada tanto por el empleador como por el trabajador, una muestra de las liquidaciones de prestaciones sociales firmada y sellada por el empleador y trabajador, un impreso de la forma 14-100 de constancia de trabajo y la certificación de búsqueda de empleo de la forma 19-104, la cual también deberá ir sellada, pero en este caso por la agencia de empleo.

Esta solicitud deberá ser entregada en el departamento de Atención al Trabajador Cesante que nos corresponda.

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