Las mutuas en el IVSS
Requisitos para constituir una mutua según el IVSS:
- Deben concurrir al menos 50 empresarios que den ocupación a 30.000 trabajadores con un volumen de cuotas no inferior al establecido legalmente.
- Deben limitar su actividad a os ámbitos previstos por el IVSS.
- Han de constituir una fianza cuya cuantía viene fijada por la ley.
Régimen jurídico de las mutuas:
Las mutuas de accidentes de trabajo son entidades privadas pero que al intervenir en la gestión de un servicio público se encuentran fuertemente contratadas por el estado venezolano. Por ejemplo:
Van a necesitar una previa autorización para constituirse.
Deben regirse por sus propios estatutos cuyo contenido mínimo viene fijado en la ley.
Anualmente han de someterse a una auditoría por la intervención general del IVSS. También deberán presentar y elaborar presupuestos que se integrarán dentro del propuesto por el IVSS.
Una mutua no puede redactar ninguna propuesta de asociación de un empresario. Este está obligado a asegurar con la mutua a todos los trabajadores de los centros de trabajo de una provincia. La integración de los empresarios en las mutuas se realiza mediante el convenio de asociación que tiene vigencia anual y que se prorroga automáticamente.
En este convenio se deben aportar todos los datos representativos de la empresa y que debe acompañarse de un informe de los órganos de representación unitaria.
Una vez que ya se ha asociado, el empresario queda obligado a pagar las cuotas correspondientes a las contingencias aseguradas a la mutua.
En caso de incumplimiento empresarial, las consecuencias no van a recaer sobre los trabajadores. La mutua pagará la prestación y luego actuará contra el empresario en su justa medida.
Por su parte las mutuas van a estar obligadas a constituir los órganos de control y seguimiento, órgano de participación de trabajadores y empresarios en el que su presidente será el de la mutua.