Pensión por invalidez

La pensión por invalidez otorgada por el IVSS consiste en una prestación dineraria que se entrega al asegurado por la pérdida de más de dos tercios de su capacidad para realizar su actividad laboral. La causa de esta pérdida de capacidad debe ser una enfermedad o un accidente, ya sea permanente o de larga duración, la diferencia entre enfermedad y accidente va a determinar los requisitos necesarios para acceder al cobro de esta pensión.

Pensión por invalidez

La documentación necesaria para acceder a la pensión de invalidez consiste en:

  • La solicitud de prestación dineraria, o forma 14-04, la original más dos copias.
  • La constancia de Trabajo, o forma 14-100, la original más dos copias
  • La solicitud de evaluación de discapacidad, forma 114-08, la original más dos copias.
  • La Evaluación de Incapacidad Residual
  • La Copia de la cédula de Identidad, la original y, en este caso, tres copias sin cortar
  • La declaración de accidente, si se tratara de un accidente común, o forma 14-123, la original más dos copias.
  • La certificación del Inpsasel para el caso de tratarse de un accidente laboral, la original más dos copias.

Se ha de tener en cuenta el grado de incapacidad se determinará reglamentariamente por el IVSS.

La base legal de la pensión de invalidez la encontramos en la LSSO, en los artículos 13 y siguientes.

En el articulado legal, se define la condición de inválido en el propio artículo 13. En el artículo 14 se habla de las cotizaciones necesarias para percibir esta pensión y, por último, el artículo 15 relaciona la pensión de invalidez en relación a los accidentes de trabajo.

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