Pensión por sobreviviente en el IVSS
La pensión por sobreviviente en el Seguro Social y el IVSS son las prestaciones dinerarias que se van a causar por el fallecimiento de un beneficiario/a de la pensión por invalidez o por vejez. Además también tendrá derecho a esta pensión si el fallecido estaba asegurado siempre que tenga acreditadas al menos setecientas cincuenta horas.
¿Qué debe presentar?
- Documentos que se deben presentar en caso “Muerte de un Asegurado”:
- Planillas de Solicitud (Forma 14-04)
- Constancia de Trabajo (Forma 14-100)
- Acta de Matrimonio
- Acta de Defunción
- Copia de la Cédula de Identidad de ambos.
- Partida de nacimiento si hay hijos menores de 14 años. Mayores de esta edad si son inválidos y hasta 18 años si cursan estudios regulares.
- Constancia de estudio de hijos menores de 18 años.
- Informe médico de hijos incapacitados (Forma 14-08)
Documentos que se deben presentar en caso “Muerte de un Pensionado”:
- Planilla de Solicitud (Forma 14-04)
- Libreta de Pago
- Acta de Matrimonio
- Acta de Defunción
- Copia de la Cédula de Identidad de ambos
- Partida de nacimiento si hay hijos menores de 14 años. Mayores de esta edad si son inválidos y hasta 18 años si cursan estudios regulares.
- Constancia de estudio de hijos menores de 18 años.
- Informe médico de hijos incapacitados (Forma 14-08)
Además hay varias situaciones protegidas:
- Fallecimiento del sujeto causante que va a dar derecho a la percepción de una pensión denominada “auxilio por defunción” y que tiene como objetivo teórico hacer frente a los gastos que derivan de ese fallecimiento.
- Supervivencia del cónyuge o pareja de hecho. Le da derecho a recibir esta pensión por sobreviviente siempre que el sujeto causante en el momento del fallecimiento cumpliera los requisitos establecidos en el IVSS.
- Supervivencia de los hijos: genera el derecho a pensión de orfandad, independientemente de la viudedad. Siendo necesario que en el momento del fallecimiento el causante cumpliera los requisitos y también acredite otra serie de requisitos como ser menor o estar incapacitado.
- La supervivencia de familiares, que va a determinar el derecho a obtener prestaciones. En algunos casos como subsidios en otros como pensiones cuando tras el fallecimiento del causante queden en una situación de necesidad por depender económicamente del fallecido.
- El fallecimiento del trabajador derivado de contingencias profesionales: Origina el derecho a una indemnización especial a favor del cónyuge y de los hijos siempre que sean beneficiarios de las pensiones de viudedad y orfandad. A estos efectos para concretar el tipo de riesgo que causa la muerte el IVSS contempla una serie de presunciones, por ejemplo se presume el origen profesional de la muerte para aquellos sujetos que tuvieran reconocida previamente una incapacidad absoluta o gran invalidez derivada de riesgos profesionales.
Buenas tardes quisiera saber si puedo cobrar la pension como sobreviviente de mi madre ya que la misma murio hace 3 años y me han comentado que yo por ser hija unica puedo pasar a cobrar su pension como sobreviviente …quien me ayuda al respecto
Buenas tardes mi papa murio hace 15 días, como se yo quien hereda la pensión, el vivia con mi mama y tienen su carta de concubinato pero mi mama cobra pensión por vejez pero aparte tengo una hermana discapacitada y que nunca a trabajado y ella dependia de mi papa, entonces mi pregunta es quien hereda la pensión.