Registro de trabajadores independientes en el IVSS
A partir del mes de Mayo de 2012 cualquier persona que trabaje por cuenta propia podrá pasar a formar parte del sistema de Seguridad Social, lo que significa que pueden beneficiarse de las ventajas que ello supone, como poder recibir la pensión de vejez, invalidez, incapacidad o prestaciones por reposo o pérdida involuntaria del empleo. Y esto afectaría a un gran número de trabajadores, ya que se establece que hay alrededor de 3 millones de trabajadores independientes.
Esto ha sido posible gracias la reforma de la Ley del Seguro Social, más concretamente el art.7 que va dirigido a garantizar este sistema de seguridad social a todos los trabajadores. De modo que lo único que tienen que hacer estos trabajadores es registrarse en el sistema y cotizar cada semana el 13% de sus ingresos o salarios que el trabajador declare, este aporte se ha establecido que puede hacerse bien semanalmente, o bien de forma mensual.
Esta reforma también ha supuesto otro cambio, y es que se ha eliminado el artículo 6 de esta ley que establecía que si un trabajador no cotizaba durante el periodo de 6 meses quedaba expulsado del sistema.
Una vez que se efectúa el registro, directamente no tienes el derecho a los beneficios de las prestaciones que supone estar cotizando, sino que los trabajadores deben de llevar al menos tres meses en el sistema y con todas las cotizaciones al día.
Para poder hacer ese registro en el IVSS se debe acudir a cualquiera de las 44 oficinas del Seguro Social que hay en el país, complementar la plantilla pertinente, presentar su cédula de identidad, y declarar el monto de sus ingresos para así calcular cual será el monto de sus cuotas, y poder empezar a depositar la primera cotización.
buenos dias estoy desempleado pero quiero seguir pagado el seguro social que tengo que hacer
Yo fui al IVSS y llene mi planilla en el 2017 pero yo me fui del país y no logré cotizar ni la primera como hago para cancelar todo lo que debo