Solicitud de solvencia en IVSS

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales ofrece tanto al empleador público como el privado, el cual es el encargado de coordinar la administración de los recursos humanos y  materiales en búsqueda del equilibrio y la estructuración social el servicio de solicitud de solvencia en IVSS.

El formulario de solicitud de solvencia les permite a los patronos solicitar mediante oficio y ante las oficinas administrativas el “Certificado de Solvencia” del IVSS, si la empresa se encuentra inscrita y solvente con sus obligaciones.

Este formulario de solicitud de solvencia en IVSS también le permite al patrono solicitar una excepción, en el caso tal de que la empresa u organismo no cumpla con los requisitos para encontrarse inscrito den el Seguro Social y por ende, no cotizar.

Para realizar una solicitud de solvencia en IVSS se debe contar con una serie de requisitos, estos son:

  • La Forma 14-91 de “Solicitud de Solvencia”.
  • Fotocopia de las facturas canceladas o de cualquier otro documento que certifique la cancelación de las mesadas ante el Seguro Social.
  • Fotocopia del Registro Mercantil.
  • Fotocopia del Registro de Información Fiscal.
  • Fotocopia del Libro de Contabilidad de la empresa.
  • Última nómina de trabajadores.
  • El acta Constitutiva de la Empresa y la más reciente modificación de la misma si es necesario.

Las condiciones para otorgar el Certificado cuando se ha realizado una solicitud de solvencia en IVSS:

  • Tener una empresa registrada y solvente.
  • En caso de aparecer como Empresa Morosa en la Factura sin que esto sea cierto, el patrono debe presentar las facturas canceladas y los documentos que sirvan como comprobante de la cancelación de los periodos en los cuales el empresario aparece como deudor.
  • Presentar el Acta de Inspección donde se reporta la inscripción, en caso tal de que la Empresa se encuentre recién inscrita y dentro de los 90 días correspondientes.
  • Formalización de un Convenio Administrativo de Pago en caso tal de que la empresa se encuentre morosa.

25 comentarios

Añadir un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *